31

mar 2013

La justicia: un instrumento recaudador más

31 de Marzo de 2013. Rafael Cordoba Bustamante

Por Rafael Córdoba Bustamante, secretario de Afiliación, Gabinetes y Servicios de CCOO PV


Por mucho que se esforzara el ministro Gallardón, no consiguió disimular el carácter recaudatorio del decreto de tasas judiciales, ni la restricción que supone en el acceso a la justicia para las personas con menos recursos. Así se podría resumir el informe de la Defensora del Pueblo, el que, según Gallardón, le llevó a modificar la norma meses después de su puesta en circulación.

Sin embargo, el propósito del Gobierno de hacer de la justicia una herramienta de recaudación se sigue manteniendo. Se ha querido jugar en los medios con la oportuna publicación del informe de la Defensora y las declaraciones posteriores del ministro aceptando sus indicaciones. Sin embargo, las modificaciones son simples retoques, que atienden más a la repercusión social generada que a su extensión. 

Por ejemplo, se ha modificado la tasa para los contenciosos contra las sanciones para que no superen el 50% del importe de la sanción. Se eximen supuestos de separación o divorcio de mutuo acuerdo. Se devuelve el 60% cuando la Administración resuelve en la fase administrativa (no hay actuación judicial y aun así recaudan el 40%). Se extiende la exención a víctimas de violencia de género, de terrorismo y a menores. Poco más. 

Por el contrario, en el apartado sobre el que más hemos remarcado su inconstitucionalidad, por limitador en el acceso a la justicia y por el desequilibrio que establece en las relaciones contractuales entre empresario y trabajador, tan solo se regatea. Se vende como un avance la reducción del porcentaje a aplicar al variable de la base imponible, algo que va a suponer para el trabajador que recurra en suplicación un ahorro medio de 28 euros sobre los 236 que tiene que seguir pagando. Los sindicatos deberán pagar en toda su integridad las tasas, entre 1.300 y 2.600 euros en todo el recorrido judicial, a pesar de actuar en defensa de intereses colectivos sociales y laborales. Igualmente, los beneficiarios de la Seguridad Social van a tener que seguir costeándose las tasas. 

No puedo dejar de resaltar la rebaja aplicada al colectivo de funcionarios que quieran recurrir en apelación o casación, al aplicarles la bonificación del 60% como al resto de trabajadores. Pero eso sí, en negativo, pues se les sigue gravando en un 40% el acceso a una justicia, fruto de las discrepancias con su empleador, que además es el recaudador.

Y por si todo eso resultara insuficiente, la referencia de rentas para poder acceder a la  justicia gratuita se vincula al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en lugar de al Salario Mínimo Interprofesional. 

En CCOO mantenemos nuestras acciones jurisdiccionales y sociales de rechazo a esta norma, con el objetivo de que sea calificada de inconstitucional. Una norma que además propicia incertidumbres legales, puesto que la Ley de Justicia Gratuita, en la que se otorga la gratuidad de acceso a la justicia a trabajadores, beneficiarios de la Seguridad Social, sindicatos, etc., sigue vigente.

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