18

nov 2015

Una cesi贸n ilegal de v茅rtigo

18 de Noviembre de 2015. Encarni Bonilla Huete

Art铆culo de Encarni Bonilla, de la Federaci贸n de Servicios de CCOO. Publicado hoy en la revista digital Valencia Plaza.


En agosto de 2014, el ascensor de un hotel de Calpe se desplom贸 desde una d茅cima planta con nueve limpiadoras en su interior, ocasionando m煤ltiples lesiones a algunas de ellas. Varias de las camareras de pisos siniestradas trabajaban para una subcontrata de limpieza y en la fecha del accidente no estaban dadas de alta en la Seguridad Social. Fueron dadas de alta el mismo d铆a, con contrato por obra y servicio, y a tiempo parcial.

Pocos d铆as despu茅s del fatal suceso, varias de las trabajadoras afectadas fueron despedidas y cuatro de ellas interpusieron demanda de despido y de cantidad. La sentencia, del pasado 15 de octubre, declara los despidos improcedentes y la existencia de una cesi贸n ilegal de trabajadores (hecho por el cual, la Inspecci贸n de Trabajo levant贸 anteriormente acta de infracci贸n contra las dos empresas, cedente y cesionaria).

En los hechos probados de la citada sentencia se refleja que a la relaci贸n laboral de las camareras de pisos le es de aplicaci贸n el convenio de hosteler铆a correspondiente. Esta es una cuesti贸n que venimos denunciando en el sindicato desde que las grandes cadenas hoteleras apuestan fuertemente por externalizar a este colectivo para devaluar sus condiciones laborales, dej谩ndoles de aplicar los diferentes convenios de hosteler铆a.

En los mismos hechos se entiende que "si se atiende a la actividad desarrollada por la empresa contratante (Hosteler铆a), resulta indiscutible el hecho de que las funciones desarrolladas por las camareras de pisos forman parte de la actividad propia, estructural y principal de la misma". Esto no supon铆a obst谩culo para que el hotel optara por la externalizaci贸n del servicio a trav茅s de una ETT. "Sin embargo, las razones de rentabilidad o reducci贸n de costes aducidas por la empresa hotelera para justificar dicha externalizaci贸n han provocado una degradaci贸n de las condiciones de trabajo, habida cuenta que las trabajadoras que prestaban servicios para la empresa de limpieza en el hotel, ostentan una categor铆a de limpiadoras (Convenio de Limpieza de Edificios y Locales) cuando en realidad realizan funciones como camareras de pisos, de lo que resultar铆a la aplicaci贸n del Convenio de Hosteler铆a, m谩s beneficioso".

Se constata adem谩s "una cesi贸n ilegal de trabajadores entre dos empresas reales, con organizaci贸n productiva propia y estable, pero que, bajo un aparente arrendamiento de servicios, la empresa cedente (empresa de limpieza) se limita pura y simplemente al suministro de mano de obra a la cesionaria (empresa hotelera)".

La historia parece sacada de un relato de ciencia ficci贸n pero es real y bien real. Una m谩s de las que d铆a a d铆a sufren los trabajadores y las trabajadoras de este pa铆s y que vuelve a poner de manifiesto la precariedad del empleo que se crea. Una precariedad que, en el caso de la hoteler铆a y del colectivo de camareras de piso, es todav铆a m谩s penosa.

De ah铆 la importancia de dar visibilidad a estas historias y de no desistir en la dignificaci贸n de los colectivos m谩s afectados por el fen贸meno de la descentralizaci贸n productiva o externalizaci贸n de los servicios. La correcta adscripci贸n sectorial debe seguir siendo la que fije las condiciones m铆nimas en cada actividad y no se puede admitir que las empresas utilicen la puerta trasera contratando a empresas que apliquen un convenio propio, ni que eviten el que corresponda sectorialmente. No podemos permitir que jueguen con la gente pisando la difusa l铆nea entre la cesi贸n legal e ilegal de trabajadores y trabajadoras.

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