18

nov 2015

Una cesión ilegal de vértigo

18 de Noviembre de 2015. Encarni Bonilla Huete

Artículo de Encarni Bonilla, de la Federación de Servicios de CCOO. Publicado hoy en la revista digital Valencia Plaza.


En agosto de 2014, el ascensor de un hotel de Calpe se desplomó desde una décima planta con nueve limpiadoras en su interior, ocasionando múltiples lesiones a algunas de ellas. Varias de las camareras de pisos siniestradas trabajaban para una subcontrata de limpieza y en la fecha del accidente no estaban dadas de alta en la Seguridad Social. Fueron dadas de alta el mismo día, con contrato por obra y servicio, y a tiempo parcial.

Pocos días después del fatal suceso, varias de las trabajadoras afectadas fueron despedidas y cuatro de ellas interpusieron demanda de despido y de cantidad. La sentencia, del pasado 15 de octubre, declara los despidos improcedentes y la existencia de una cesión ilegal de trabajadores (hecho por el cual, la Inspección de Trabajo levantó anteriormente acta de infracción contra las dos empresas, cedente y cesionaria).

En los hechos probados de la citada sentencia se refleja que a la relación laboral de las camareras de pisos le es de aplicación el convenio de hostelería correspondiente. Esta es una cuestión que venimos denunciando en el sindicato desde que las grandes cadenas hoteleras apuestan fuertemente por externalizar a este colectivo para devaluar sus condiciones laborales, dejándoles de aplicar los diferentes convenios de hostelería.

En los mismos hechos se entiende que "si se atiende a la actividad desarrollada por la empresa contratante (Hostelería), resulta indiscutible el hecho de que las funciones desarrolladas por las camareras de pisos forman parte de la actividad propia, estructural y principal de la misma". Esto no suponía obstáculo para que el hotel optara por la externalización del servicio a través de una ETT. "Sin embargo, las razones de rentabilidad o reducción de costes aducidas por la empresa hotelera para justificar dicha externalización han provocado una degradación de las condiciones de trabajo, habida cuenta que las trabajadoras que prestaban servicios para la empresa de limpieza en el hotel, ostentan una categoría de limpiadoras (Convenio de Limpieza de Edificios y Locales) cuando en realidad realizan funciones como camareras de pisos, de lo que resultaría la aplicación del Convenio de Hostelería, más beneficioso".

Se constata además "una cesión ilegal de trabajadores entre dos empresas reales, con organización productiva propia y estable, pero que, bajo un aparente arrendamiento de servicios, la empresa cedente (empresa de limpieza) se limita pura y simplemente al suministro de mano de obra a la cesionaria (empresa hotelera)".

La historia parece sacada de un relato de ciencia ficción pero es real y bien real. Una más de las que día a día sufren los trabajadores y las trabajadoras de este país y que vuelve a poner de manifiesto la precariedad del empleo que se crea. Una precariedad que, en el caso de la hotelería y del colectivo de camareras de piso, es todavía más penosa.

De ahí la importancia de dar visibilidad a estas historias y de no desistir en la dignificación de los colectivos más afectados por el fenómeno de la descentralización productiva o externalización de los servicios. La correcta adscripción sectorial debe seguir siendo la que fije las condiciones mínimas en cada actividad y no se puede admitir que las empresas utilicen la puerta trasera contratando a empresas que apliquen un convenio propio, ni que eviten el que corresponda sectorialmente. No podemos permitir que jueguen con la gente pisando la difusa línea entre la cesión legal e ilegal de trabajadores y trabajadoras.

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