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sep 2010

Objetivo real de la Reforma Laboral: reducción del coste salarial

6 de Septiembre de 2010. Paco Molina Balaguer

Paco Molina Balaguer Secretario general CCOO PV


No se explicita en el preámbulo del Real Decreto Ley 10/2010, ni en ninguno de los discursos que ha realizado el Gobierno para referirse a la Reforma Laboral. Tampoco se ha utilizado como argumento en las referencias a la necesaria Reforma Laboral que propugnan los partidos de la derecha política. Pero es evidente que el objetivo último de ésta es la reducción, a medio plazo, de los costes laborales como mecanismo de recuperación de los beneficios empresariales.

Las vías utilizadas para este objetivo "no explícito" son variadas y abordan, desde las condiciones de entrada, permanencia y salida del mercado de trabajo modificadas por este Real Decreto Ley, hasta la burda e injusta reducción de salarios efectuada a los empleados públicos.

Este RD ataca, en primer lugar, el empleo indefinido de carácter ordinario, extendiendo el uso de un contrato indefinido de menor indemnización, y facilitando y abaratando el coste del despido. Se produce, de facto, una transferencia de poder al empresario que deja al trabajador en una situación de mayor debilidad contractual frente a los ataques a sus condiciones de trabajo -salario, jornada, etc.

En segundo lugar, se ataca el poder vinculante de los convenios colectivos, permitiendo su modificación a las empresas individuales, bajo la idea falsa de una falta de adaptabilidad de la negociación colectiva a las circunstancias del mercado. Se olvida que la negociación colectiva es una herramienta fundamental que regula, de forma pactada entre las partes, las condiciones en el uso de la fuerza de trabajo en el seno de la empresa. Sin la protección del convenio colectivo se abre la puerta a una mayor individualización de las condiciones de trabajo, reduciendo ampliamente la capacidad de respuesta de los trabajadores a los cambios respecto al convenio de ámbito superior, que quiera acometer de forma unilateral el empresario.

En tercer lugar, se modifican los mecanismos de intermediación en el mercado de trabajo, abriendo la puerta a las empresas de colocación con finalidades de lucro, que realizarán el control a los beneficiarios de las prestaciones por desempleo. Estos cambios forzarán a los trabajadores en desempleo a aceptar peores condiciones de trabajo.

Y en cuarto lugar, se quieren endurecer las condiciones de acceso a la prestación por desempleo y al sistema público de pensiones. Estas medidas, de llevarse a efecto, y junto con el recorte del gasto social, suponen una reducción del poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras, que se verán obligados a dedicar una parte de sus salarios a cubrir la reducción de las prestaciones sociales.

Es incuestionable que esta reducción salarial, además de injusta en términos sociales, es incompatible con el necesario cambio en nuestro tejido productivo, ya que incentiva aquellas actividades que generan menor valor añadido. Por otro lado, cercenar los derechos individuales y colectivos de los trabajadores y trabajadoras, nos aleja no sólo de los principios inspiradores del Derecho del Trabajo, nacido ante la evidente desigualdad de poder entre trabajadores y empresarios, sino que torpedea los pilares de nuestro sistema de protección social.

Son razones más que suficientes para una Huelga General.

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