26

abr 2011

Negociación Colectiva, ¿de qué hablamos?

26 de Abril de 2011. Consuelo Navarro Sanchez

Por Consuelo Navarro Sánchez, secretaria general CCOO L?Alacanti-Les Marines


Es el instrumento mediante el cual los trabajadores, directamente o a través de sus representantes, establecen un diálogo con la patronal para negociar sus condiciones de trabajo. El derecho a la Negociación Colectiva está recogido en la Constitución española de 1978, que en su artículo 37.1 dice: " La ley garantizará el derecho a la NC entre los representantes  de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios." Por tanto, este precepto se encuentra dividido en 3 conceptos: derecho a la negociación colectiva, fuerza vinculante de los convenios, y garantizados por ley. La NC es un trabajo esencial y básico de las organizaciones sindicales para ampliar los derechos de los trabajadores y mejorar sus condiciones de trabajo.

Define el ámbito apropiado, ya que es en los sectores y en las empresas donde se regulan de manera adecuada las condiciones de trabajo y los derechos tanto individuales como colectivos de los trabajadores. Responde a la diversidad, porque cualquier norma o acuerdo general debe ser adaptado a cada situación concreta. Actúa ante los cambios, siendo la herramienta imprescindible para la asimilación y la adaptación permanente a las transformaciones que se están produciendo, tanto en el trabajo como en el capital: nuevas formas de organización del trabajo; nuevos empleos y nuevos sujetos; unidades emergentes de negociación; cambios en la configuración de las empresas, etc. Protege a quienes trabajan, siendo el marco de regulación colectiva la mejor garantía de los derechos de los trabajadores, frente a quienes pretenden meras negociaciones individuales entre desiguales, plasmadas en el contrato. Y es la base de la organización colectiva: los sindicatos son protagonistas de esta acción permanente para proteger los derechos de quienes trabajan. Sin organización colectiva de los trabajadores no puede haber negociación colectiva eficaz y, viceversa. Sin ésta se perdería una actividad central de las organizaciones sindicales.

¿Por qué consideramos la NC como uno de los marcos existentes para reducir desequilibrios?

Por un lado, por el objeto de negociación, ya que la NC regula múltiples materias: salario, dietas, cláusulas de revisión salarial, pluses, organización del trabajo personal y de empresa, prevención de riesgos laborales, categorías profesionales, movilidad de la plantilla, absentismo, productividad, jornada laboral, vacaciones, excedencias, jubilación, provisión de vacantes, formación profesional, permisos y licencias, régimen disciplinario, derecho de asamblea en horas de trabajo, tablones de anuncios, locales secciones sindicales, participación de los trabajadores y trabajadoras en la gestión de la empresa, mejoras voluntarias, economatos, guarderías, préstamos, becas, viviendas, etc., determinación y reconocimiento de las partes firmantes, ámbito del convenio (territorial, funcional, temporal y personal), condiciones y procedimientos para la no aplicación del régimen salarial establecido en el mismo, forma y condiciones de denuncia del convenio, designación comisión paritaria, etc.

Por otro lado, la NC puede y debe cumplir con tres requisitos para corregir discriminaciones, tanto directas como indirectas, en el ámbito laboral:

Eliminar todas las formas de discriminación aún hoy persistentes, desde el reconocimiento de la diversidad, tanto por motivos de sexo, nacionalidad, opción sexual, etc; Compensar los efectos de discriminaciones preexistentes, mediante la adopción de medidas de acción positiva que, adaptadas a la realidad de cada empresa, coloquen a los trabajadores y trabajadoras en una situación de auténtica igualdad de oportunidades; Fomentar la adopción de medidas facilitadoras de la inserción laboral, así como garantizar la permanencia y el desempeño cotidiano.

Todo esto es la Negociación colectiva, por lo que debemos defenderla desde el convencimiento de que los trabajadores y trabajadoras somos sujetos activos de nuestras vidas, y no corderillos dispuestos a decir siempre que sí, o a poner la cara, una, dos, cuarenta y mil veces. Pues algunas trabajadoras ya llevamos indignadas demasiados años.

Ahora, los empresarios de la grande, mediana y pequeña empresa, escenifican públicamente su posicionamiento, reclamando una reforma "profunda" de la NC, donde profunda quiere decir "a ver si los borramos del mapa".

A mi manera de entender, por lo que recibimos diariamente en este sindicato, debe servirles a ellos para que los incrementos salariales sigan atascados, bloqueados ante la negativa empresarial a aplicar desde 2009 los incrementos pactados con anterioridad en convenios vigentes y su rechazo a asumir el IPC previsto como una referencia en la NC, a pesar del Acuerdo interconfederal para la Negociación Colectiva y el Empleo 2010-2013, firmado a principios de este año, por CEOE y CEPYME y por CCOO y UGT.

La consecuencia de este bloqueo ha supuesto la judicialización de muchos conflictos, resueltos en última instancia por el Tribunal Supremo, el cual viene estimando los argumentos de los sindicatos en todos los casos. A todo esto se une que, en la provincia de Alicante, aún hay unas 73.598 personas trabajadoras sin la cobertura de ningún convenio colectivo, lo que supone un grave problema de garantías y estabilidad en el empleo.

Terra Mítica es un ejemplo más de lo que desea realmente una parte importante del empresariado representados en esos Círculos de empresarios, en esas asociaciones AVE y en tantos entusiastas partidarios de ligar salario a productividad, cuando durante los años de bonanza se han llevado los beneficios a paraísos fiscales, a yates, chalés, inversiones en países allende los mares, etc.

Parece que se han olvidado de que la productividad es el reparto del beneficio empresarial, y a estos habrá que decirles también que cuando las empresas alicantinas dejen de maquillar la contabilidad, de generar empleo sumergido, etc., entonces podremos hablar de ligar productividad y salarios, así, sin más. A ver cuándo las organizaciones empresariales y el Gobierno de España se preocupan de los trabajadores y trabajadoras que todavía están sin convenio colectivo y no de cómo dejar sin acuerdo o convenio colectivo a las 174.000  personas asalariadas de la provincia de Alicante.

Desde CCOO instamos a las organizaciones empresariales a resolver los problemas reales de los trabajadores y trabajadoras con relación a la NC antes de hablar de profundidades. Es decir, a que retomen el marco legítimo que regula las condiciones laborales y no intenten desvirtuarla con reformas debilitadoras de derechos fundamentales.

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