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abr 2020

¿Por qué es preciso decretar la nulidad del despido mientras dure la crisis del COVID-19?

6 de Abril de 2020. Jesús Ballesteros Almansa

Desde el comienzo de la pandemia COVID-19 y, sobre todo, desde el estado de alarma decretado por el Gobierno, el sector de carretera de la FSC CCOO PV está siendo testigo de multitud de maniobras empresariales que tratan de eludir las garantías legales implementadas para la protección de los derechos laborales. Ciertamente no se puede generalizar, pero sí dar a conocer algunas de las “maniobras orquestales en la oscuridad” por empresas del sector.


El sindicato constata en Expedientes de Regulación de Empleo solicitados por fuerza mayor:

-Solicitudes hasta el 30 de junio de 2020, de empresas incluidas como servicio esencial, que además hacen horas extras los días de no ERTE.

-ERTE por fuerza mayor en empresas de actividades calificadas como servicio esencial.

-En concesiones públicas, a pesar de que deben solicitar indemnización por los gastos salariales al organismo de contratación (como empresas de transporte escolar de Conselleria), concesiones de rutas de titularidad pública o concesionarias de estacionamiento regulado de distintos ayuntamientos (ORA).

-En empresas VTC, que aplican ERTE de fuerza mayor con efectos retroactivos a empleados y empleadas que han estado trabajando, informándoles que en esos días que han trabajado la empresa pagará el 30% y el paro el 70%.

-Permanencia de empresas subcontratadas (outsourcing in house) a pesar de aplicación de ERTE de fuerza mayor al personal propio que habitualmente realiza las mismas tareas que la contrata.

-Extinción de todos los contratos temporales antes de solicitar el ERTE, para no incluirles.

Pero si con alguien se están cometiendo abusos es con las contratadas temporalmente:

-Empresas obligando a firmar novaciones para pasar de jornada a tiempo completo a jornada a tiempo parcial por la caída de la actividad (tú firma aquí y cuando pase esto volverás a jornada completa).

-Despidos disciplinarios injustificados a personas con contrato temporal para evitar su continuidad, en los que la empresa se ofrece a tramitar el despido y acuerdo en el SMAC.

-Cese por no superar el periodo de prueba de temporales, el día antes de que venza, cuando en realidad es por reducción de actividad por el COVID-19.

-Despidos por fin de contrato temporal, falsificando la fecha de extinción a antes de la entrada en vigor del RD de prohibición de despidos a contratos temporales.

-Imposición de vacaciones por parte de la empresa. Incluso, vacaciones forzosas por falta de actividad, mientras la empresa sigue llamando a ETT.

-Orden verbal de no ir a trabajar y de futura recuperación de las horas.

-Despido por fin obra en ETT, a pesar de tener ERTE la empresa principal.

-Despidos estando de baja por coronavirus… y lo que nos queda por ver.

La autorización o denegación de los ERTE por fuerza mayor compete a la administración (autoridad laboral, Inspección de Trabajo y servicios de empleo). Al evitarse el periodo de consultas y la participación sindical, algunos de los abusos pasarán desapercibidos para la Administración, sobre todo por la autorización automática por silencio administrativo positivo; abusos que a posteriori no podrán acreditarse por la Inspección.

Los planes del Gobierno para evitar despidos no surtirán efecto sin poner en marcha la nulidad del despido, a día de hoy, con todo el enjambre legislativo, aunque el tribunal condene a la empresa a una indemnización, te pueden despedir. No podemos confiar en que la jurisprudencia considere nulos estos despidos, es necesaria una apuesta legislativa por la nulidad del despido mientras dure al menos el estado de alarma porque si no, las personas trabajadoras más precarias volverán a ser las más perjudicadas por la crisis.

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