Diálogo social frente a imposición unilateral
La regulación autónoma en las relaciones laborales mediante la negociación no limita el poder legislativo.

En una sociedad y estado democráticos la participación de la ciudadanía en la cosa pública no debe, ni puede, limitarse, como a algunos les gustaría, a votar cada cuatro años en las distintas elecciones. En el ámbito de las relaciones laborales esa participación, y con ella el derecho a la defensa de intereses legítimos de las contrapartes, viene refrendada por nuestra Constitución y se articula a través de la Negociación Colectiva y el Diálogo Social entre el gobierno, patronales y sindicatos más representativos, según corresponda, y en cada uno de los ámbitos correspondientes a un modelo de estado descentralizado.
La regulación autónoma en las relaciones laborales mediante la negociación en nada supone limitar o condicionar la actividad del poder legislativo (como interesadamente se sugiere desde determinados ámbitos), sino que es el reflejo y expresión por extensión del grado y amplitud de la democracia de un país. El consenso, frente a la imposición unilateral, da más garantía al cumplimiento de lo acordado y dota de la necesaria estabilidad a las relaciones laborales.
En el 2021 se ha desarrollado una amplísima actividad en ese Diálogo Social que ha concluido con importantes acuerdos. En julio se firmó el Acuerdo en materia de Pensiones que garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de las mismas, entre otras cuestiones y pone fin a la reforma unilateral impuesta por el PP en el año 2013.
Más recientemente se ha alcanzado el acuerdo que modifica parcialmente la normativa laboral que, entre otras materias, recupera la ultra actividad plena de los convenios, la primacía del convenio sectorial sobre el de empresa en materia salarial y de jornada, nueva regulación y potenciación de los ERTE frente a la dinámica de los despidos y la creación de una nueva modalidad de ERTE para hacer frente, previa aprobación por el Consejo de Ministros, a una coyuntura macroeconómica determinada. Tampoco podemos olvidar los sucesivos acuerdos para prorrogar los ERTE desde el inicio de la pandemia que han permitido mantener el empleo.
En septiembre se alcanzó un acuerdo entre el Gobierno, CCOO y UGT de incremento del Salario Mínimo Interprofesional, situándolo en 965 euros por 14 pagas. Con este acuerdo, desde 2019 el SMI se ha incrementado en 229 euros, es decir, un 31%. Asimismo, está comprometida una nueva negociación para fijarlo en 2022.
Pero sin lugar a dudas el gran reto y logro tanto en el ámbito de las relaciones laborales privadas como en el sector público es la apuesta decidida por la estabilidad en el empleo y la recuperación de la primacía del contrato indefinido/fijo sobre el temporal (verdadera lacra de nuestro sistema productivo). El acuerdo señalado en materia laboral generaliza el contrato indefinido y reduce las modalidades de contratación temporal a dos, bien por circunstancias de la producción o bien por sustitución, desapareciendo el contrato por obra o servicio. Por otra parte, en el ámbito de las AAPP con el acuerdo suscrito en julio de 2021 se da continuidad a los acuerdos precedentes de 2017 y 2018, estableciendo medidas para estabilizar el empleo y para impedir que se genere de nuevo una inasumible bolsa de temporalidad. Así pues, ambos acuerdos, sector privado y público, caminan de la mano en ese objetivo común, con la única diferencia de que en el sector público ha de garantizarse la igualdad de toda la ciudadanía en el acceso al empleo público.
Poner fin a las injustificadas tasas de temporalidad y equilibrar la relación entre los agentes sociales en la empresa es el contrapunto diferencial frente a la reforma laboral del PP del 2012 que tenía como finalidad devaluar los salarios para ganar competitividad, facilitando el despido y dotando a la empresa de un poder casi absoluto en su relación con las personas trabajadoras y en la imposición de condiciones de trabajo.
Juan Cruz Ruiz. Miembro del Consejo de la CS CCOO PV
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