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dic 2019

Constitución en femenino plural

9 de Diciembre de 2019. Mar Vicent

En razón a la celebración del Día de la Constitución están servidas miles de menciones y referencias a la norma básica, a la ley principal de este país, que fue fruto de un consenso hoy cuestionado, y garante de unos derechos hoy todavía inexistentes. Una Constitución a la que, de común acuerdo y para evitar malos mayores, todos hicieron la ola, pero que a día de hoy se manifiesta insuficiente para dar la talla ante una sociedad que quiere más democracia, más justicia y más igualdad.


La Constitución tuvo padres y madres aunque no todos pudieron conseguir en la misma medida que el retoño respondiera a sus expectativas. De hecho, en la Constitución Española la palabra “mujer” aparece tan solo dos veces. Cuando se habla del derecho a contraer matrimonio en el artículo 32, y en el artículo 57, al establecer la prelación del hombre sobre la mujer en el acceso a la jefatura del Estado. Que es por otra parte, cuestión peliaguda de defender a día de hoy, cuando la sangre azul y el designio divino no parecen razones suficientes para determinar la forma del Estado. Hay que agradecer al destino que sean dos niñas las posibles herederas para no dar el espectáculo de botarse el orden natural para dar prioridad al segundo hijo varón, si hubiera existido.

Para las 27 mujeres que pelearon duro para introducir cambios contundentes en la Ley de todas las leyes, la Constitución fue un desafío del que no salieron del todo victoriosas. Cierto es que consiguieron un magnífico artículo 14, que garantiza la igualdad formal entre las personas, pero se les resistió sin embargo, el artículo 9, que establece que es obligación de los poderes públicos remover los obstáculos que impidan la igualdad. Hacer efectivo el derecho a la igualdad no era tan fácil. De hecho, no se ha conseguido.

Algunas de las aspiraciones fueron recogidas, como la igualdad de los cónyuges, o la equiparación entre los hijos legítimos o ilegítimos, pero otras solo obtuvieron una posición ambigua y genérica que aún trae consecuencias. Por ejemplo el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, que hay que recordar periódicamente, ante los exabruptos prehistóricos de algunos partidos que no acaban de tener claro que la maternidad es una decisión de las mujeres y sólo de ellas.

Fue generalizada y lógica la frustración al ver como debían ser normas posteriores de menor rango las que debían modificar leyes para garantizar que las mujeres no estuviesen supeditadas a los hombres en el matrimonio, en sus negocios jurídicos. Desde el punto de vista laboral, para CCOO se hacen evidentes cada vez más los enormes agujeros negros que permiten el uso abusivo de prácticas, e interpretaciones, que vulneran los más elementales principios de justicia e igualdad.

A día de hoy, con el imparable avance del movimiento de las mujeres cada vez mas consciente, e impaciente por derribar barreras y obstáculos que limitan sus derechos y oportunidades, CCOO considera imprescindible romper el techo pactado, e ir mucho más lejos, y apostar por la negociación colectiva como herramienta de igualdad y cohesión social, dentro y fuera de la empresa.

Las españolas de la Transición fueron enormemente generosas cuando apoyaron el texto constitucional sin reservas y lo hicieron suyo, postergando sus legítimas aspiraciones en aras de lo que entonces era prioritario, finiquitar la dictadura y entrar jubilosamente en la democracia.

Pero a día de hoy, para ser buenas pero no tontas, se impone un discurso mucho más crítico y propositivo, que erija a las mujeres como sujetos de derechos sin restricciones ni ninguneos.

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